A horas del inicio de los comicios legislativos de este domingo 26 de octubre, en toda Argentina ya rige la veda electoral -la cual comenzó desde las 8 de la mañana del pasado viernes 24 de octubre-, periodo en el que rigen diversas restricciones hasta el cierre de las elecciones. Una de las disposiciones más relevantes es la prohibición de vender bebidas alcohólicas.
La comercialización de bebidas alcohólicas se restringe para garantizar el órden público y asegurar el normal desarrollo del proceso electoral. En caso de incumplimiento, los locales podrán ser sancionados con multas e incluso clausuras temporarias. Pero, ¿a partir de momento está prohibido?
Según indica el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), los comercios deberán suspender la venta de alcohol desde las 00.00 del domingo 26 de octubre, seis horas antes de la apertura de las urnas. La restricción se mantendrá hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, hasta las 21 del domingo, momento en que podrá reanudarse la actividad comercial habitual.
Cabe destacar que, mientras dure la veda electoral, también se prohíben los actos proselitistas, la difusión de encuestas, los espectáculos públicos y las reuniones sociales que no estén directamente vinculadas al acto electoral.
El cumplimiento de estas disposiciones es controlado por las autoridades electorales y las fuerzas de seguridad en todo el país.
