La Cámara de Diputados otorgó sanción final al proyecto que modifica la Ley 6722 de Seguridad Pública y establece un protocolo específico para el uso de armas por parte del personal policial. La iniciativa fue impulsada por los legisladores Gustavo Cairo, de Javier Milei, y Enrique Thomas, del espacio PRO Libertad.
El proyecto ya había recibido media sanción en la Cámara Baja y luego fue analizado por el Senado provincial, donde se introdujeron modificaciones. Por ese motivo, el expediente regresó a Diputados para su revisión y tratamiento definitivo, donde finalmente quedó aprobado.
La norma incorpora precisiones sobre las funciones del personal de seguridad y suma nuevas disposiciones vinculadas a la protección de personas y bienes ante situaciones de peligro. También contempla tareas de observación, vigilancia y prevención de conflictos en espacios públicos.
Entre los puntos centrales, la ley fija criterios para el uso de armas de fuego por parte de los efectivos policiales en situaciones de peligro inminente. El proyecto contempla casos de legítima defensa, defensa de terceros o cuando exista un riesgo grave para la vida o la integridad física.
Además, establece parámetros para determinar cuándo existe ese peligro y fija pautas para la identificación y advertencia previa al uso del arma, salvo en situaciones excepcionales en las que esa advertencia pueda incrementar el riesgo.

Otro de los aspectos incluidos en la reforma es la posibilidad de convocar a personal policial retirado para cumplir determinadas funciones dentro de la fuerza. La normativa regula las condiciones de esa convocatoria y la retribución económica correspondiente según el grado que tenían al momento de su retiro.
En ese sentido, la incorporación del artículo 322 bis del proyecto habilita específicamente la convocatoria de policías retirados altamente calificados para tareas puntuales. El texto establece que aquellos que sean asignados a funciones directivas, con conducción de personal y disponibilidad horaria permanente, podrán percibir hasta el 100% de la asignación de clase equivalente al grado que ostentaban al retirarse.
Asimismo, la administración podrá convocar a otros efectivos retirados para tareas vinculadas a funciones operativas con una retribución de hasta el 80% de esa asignación. En todos los casos, la norma señala que estas decisiones deberán quedar debidamente acreditadas y fundadas mediante una disposición legal de la administración.
