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Imagen ilustrativa creada con IA.
Boletín Oficial

Tupungato prohíbe el acopio informal de áridos en la vía pública y sancionará a las empresas proveedoras

La medida exige a corralones, ripieras y empresas del sector la utilización obligatoria de sistemas de contención adecuados, responsabilizándolos directamente por las infracciones.

El Concejo Deliberante de Tupungato sancionó la Ordenanza 26, una normativa que busca regular la entrega y depósito de materiales de construcción en el espacio público. La medida exige a corralones, ripieras y empresas del sector la utilización obligatoria de sistemas de contención adecuados, responsabilizándolos directamente por las infracciones.

La decisión legislativa responde a las constantes quejas por obstrucción de veredas, bloqueo de acequias y riesgos para la seguridad vial provocados por la acumulación desmedida de arena, piedra y ripio a granel frente a las obras.

Principales claves de la regulación

  • Prohibición de materiales dispersos: queda prohibido arrojar o acopiar materiales sueltos sobre la vía pública. Tampoco se permitirá la exhibición ni el acopio para venta sobre calles o veredas.
  • Uso obligatorio de contenedores: las entregas en domicilios particulares deberán realizarse exclusivamente mediante dispositivos de contención como big bags, contenedores o bateas. No se consideran elementos válidos de acopio los acoplados, carros ni vehículos de carga.
  • Resguardo del espacio urbano: los recipientes no podrán obstruir el paso peatonal, accesos a viviendas ni desagües pluviales, y deberán contar con la señalización correspondiente.
  • Responsabilidad directa del proveedor: la ordenanza establece que la correcta ubicación y contención del material en la calle es responsabilidad legal de la empresa o corralón que presta el servicio.
  • Transporte regulado: el traslado de áridos continuará regido por el Código de Procedimiento Minero y la Ley Provincial N.º 8.434, exigiéndose sistemas de protección que impidan la caída de material durante el trayecto.

Aquellos comercios o transportistas que incumplan la normativa serán pasibles de las multas tipificadas en la Ordenanza Tarifaria Municipal.

Asimismo, el municipio quedó facultado para retirar de inmediato los materiales que generen peligro u obstrucciones, cargando los costos de flete, traslado y sanción económica directamente a la cuenta del infractor.

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Por: Redacción NDI