Luego de la renuncia del mendocino Luis Pierrini a la Secretaría de Transporte de la Nación -producida el miércoles- y del consecuente nombramiento de Fernando Herrmann en su reemplazo, el Ministerio de Economía dispuso este jueves la salida de dos mendocinos que ocupaban cargos en Trenes Argentinos: Gerardo Boschin y Leonardo Fabián Comperatore, ambos designados en 2025 por Pierrini.

Cuando Pierrini asumió en mayo de 2025, había designado a Gerardo Boschin al frente de Trenes Argentinos Operaciones y a Leonardo Fabián Comperatore en Trenes Argentinos Infraestructura.
Cabe recordar que Comperatore tenía antecedentes como funcionario público, ya que durante la gobernación de Francisco Pérez se había desempeñado como Ministro de Seguridad de Mendoza.
¿Quién reemplazará a Boschin y Comperatore?
Según informó oficialmente el Ministerio de Economía, Boschin será reemplazado por Sebastián Giorgetti, quien “inició su carrera como boletero en la Línea Sarmiento y desde 2005 ocupó diversos cargos de coordinación, administración y alta dirección dentro de la compañía”, desempeñándose en los últimos años como gerente general operativo y administrativo, con “profundo conocimiento del funcionamiento del sistema ferroviario nacional”.
Por su parte, el lugar de Comperatore será ocupado por Fabián González, “abogado de profesión con vasta experiencia en empresas ferroviarias del Estado”, quien integraba el directorio de Trenes Argentinos Infraestructura desde abril de 2025.
“Las nuevas autoridades tendrán la responsabilidad de conducir ambos organismos en el marco de la Emergencia Ferroviaria, con el objetivo de fortalecer la gestión y garantizar la seguridad y continuidad del sistema ferroviario nacional”, señala el comunicado emitido por Economía.
Más renuncias en el Gobierno nacional
A las salidas de Pierrini, Boschin y Comperatore, se suma la de Paul Starc, extitular de la Unidad de Información Financiera (UIF), quien renunció tras estar sólo nueve meses en el cargo. Las razones que motivaron su alejamiento están vinculadas a diferencias con respecto a la reglamentación de la ley de inocencia fiscal.
