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Tras la condena millonaria, Manaos evalúa acudir a la Corte Suprema para frenar el pago al mendocino

La Justicia de Mendoza confirmó la indemnización a favor de un trabajador y fijó un plazo de cinco días hábiles para el pago.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó la condena contra Refres Now S.A., firma que comercializa la marca Manaos, y le ordenó abonar una indemnización por despido que asciende a $807.676.293,72 más intereses. El fallo confirmó la responsabilidad de la empresa y estableció un plazo de cinco días hábiles para efectuar el depósito, una vez que la sentencia quede firme.

La resolución, dictada el 9 de febrero de 2026, dejó firme la condena en el ámbito provincial. Si bien el tribunal redujo el monto de los intereses respecto de lo dispuesto por la Segunda Cámara Laboral —que había fijado una cifra superior a los $1.400 millones—, ratificó la existencia de fraude laboral y la obligación de indemnizar al trabajador.

Frente a este escenario, la única vía procesal que le queda a la empresa es acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un Recurso Extraordinario Federal. Esa posibilidad ya había sido anticipada cuando la firma apeló ante la Corte mendocina y realizó la “reserva del caso federal”, un paso técnico que habilita a plantear una cuestión constitucional ante el máximo tribunal del país.

Según explicó públicamente Oscar Canido, propietario de la compañía, la estrategia jurídica estará centrada en argumentar que el fallo vulnera garantías constitucionales. La defensa buscará sostener que el monto de la condena y el cálculo de intereses afectan el derecho de propiedad y el debido proceso, entre otros puntos previstos en la Constitución Nacional.

Este tipo de recurso, sin embargo, es de carácter excepcional. Para que sea admitido, debe acreditarse la existencia de una cuestión federal concreta, como la presunta violación de normas constitucionales o la arbitrariedad de la sentencia. Los planteos vinculados al cálculo indemnizatorio ya fueron analizados por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que decidió recalcular y reducir los intereses pero mantener la condena principal.

En cuanto a los plazos, el tribunal provincial dispuso que la empresa deberá abonar la suma fijada más los intereses devengados desde abril de 2025 hasta el efectivo pago. El plazo de cinco días comenzará a correr cuando el fallo quede firme, lo que podría demorarse si se presenta el recurso extraordinario y se solicita la suspensión de la ejecución hasta que la Corte nacional se pronuncie.

Existe además un antecedente procesal en el expediente: cuando la empresa apeló ante la Corte mendocina, argumentó que la ejecución inmediata del fallo le ocasionaría un “gravamen irreparable”, y ese planteo fue admitido mientras se revisaba la sentencia.

De avanzar hacia la instancia federal, la discusión podría trasladarse al ámbito nacional y extender los tiempos judiciales. Mientras tanto, la sentencia provincial mantiene vigente la obligación de pago y deja abierta la expectativa sobre el próximo movimiento procesal de la empresa.

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Por: Redacción NDI