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Senado: el oficialismo logró aprobar el aval a la autonomía municipal con parte de la oposición

El Senado, con 28 votos, aprobó la necesidad de reformar la Constitución. A los votos radicales, se le agregaron los libertarios y los dos kirchneristas. Ahora, el proyecto debe plebiscitarse en las urnas.

Durante la sesión realizada hoy en el Senado, se aprobó la propuesta impulsada por el Poder Ejecutivo que declara la necesidad de reformar el artículo 197 de la Constitución de Mendoza, con el objetivo de fortalecer la autonomía municipal y adecuar la Carta Magna provincial a lo establecido por el artículo 123 de la Constitución Nacional.

Luego de un extenso debate en el recinto, la propuesta fue aprobada por 28 votos afirmativos y 10 negativos. Debido a que el proyecto ya contaba con sanción previa de la Cámara de Diputados, la iniciativa deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo.

Además de los 19 votos radicales, hubo aval de La Libertad Avanza y de los dos senadores kirchneristas: Félix González y Omar Parisi. El Interbloque del PJ junto a los ex La Unión Mendocina, además del Partido Verde y el PD votaron en contra.

La propuesta plantea la modificación del artículo 197 en los términos previstos por el artículo 223 de la Constitución Provincial y busca saldar una discusión histórica en torno al reconocimiento pleno de la autonomía de los municipios mendocinos, un debate abierto desde la reforma de la Constitución Nacional de 1994.

La reforma establece que cada municipio podrá dictar su propia Carta Orgánica y regula los alcances de esa autonomía municipal, incluyendo límites y controles provinciales. También precisó que, en caso de que un municipio no avance con su Carta Orgánica, continuará rigiéndose por la Ley Orgánica vigente. Asimismo, señaló que se reglamenta la cuestión económico-financiera y la distribución de recursos, aunque los municipios no podrán cobrar impuestos.

La iniciativa incorpora referencias expresas al artículo 123 de la Constitución Nacional y establece pautas vinculadas a la organización institucional de los municipios. Entre los principales cambios, habilita a cada comuna a definir en su propia Carta Orgánica el sistema de renovación de los concejos deliberantes, eliminando la obligatoriedad vigente de renovar las bancas por mitades cada dos años.

Asimismo, el texto señala que la autonomía municipal deberá ejercerse dentro de los límites establecidos por la Constitución Provincial, manteniendo las facultades de control del Tribunal de Cuentas y la intervención del Fiscal de Estado sobre las administraciones municipales.

En materia tributaria, la norma establece que los municipios no podrán crear impuestos, quedando restringida su potestad a tasas retributivas de servicios, contribuciones por mejoras y derechos vinculados al uso del dominio público o al ejercicio del poder de policía.

Otro de los puntos contemplados es la posibilidad de que los municipios dicten sus propias Cartas Orgánicas mediante convenciones convocadas específicamente para ese fin, siguiendo los procedimientos previstos para las reformas constitucionales. En los casos en que no se avance en este mecanismo, continuará vigente la actual Ley Orgánica de Municipalidades.

Además, el proyecto incorpora de manera expresa la garantía de participación de los municipios en el régimen de coparticipación provincial, consolidando este esquema dentro del texto constitucional.

En los fundamentos de la iniciativa se sostiene que la reforma implica una adecuación del derecho público provincial a los lineamientos establecidos por la Constitución Nacional y busca, al mismo tiempo, establecer un marco uniforme para todos los municipios, evitando interpretaciones dispares que puedan generar desigualdades o conflictos institucionales.

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