El dólar oficial comienza diciembre mostrando una notable estabilidad tras un noviembre caracterizado por la calma en el mercado de cambios. El tipo de cambio mayorista, referencia clave para el comercio exterior, cerró el último mes con un avance de solo 6,5, lo que se traduce en una suba de apenas 0,5%. Este incremento es significativamente menor al salto de casi 5% que había registrado en octubre, periodo marcado por la incertidumbre preelectoral y una fuerte demanda de cobertura.
Este viernes, el dólar mayorista abrió la jornada a $1.451,5. Actualmente, la brecha respecto al techo de la banda cambiaria se sitúa en torno al 4%, superando ligeramente el 3,4% con el que finalizó el mes anterior. En la última semana de noviembre, el valor mayorista escaló $26,5, un ritmo superior a los $22 de la semana precedente. No obstante, en lo que va del año 2025, el acumulado de alza se mantiene en el 40,7%.
Uno de los elementos que contribuyó a la tranquilidad cambiaria durante noviembre fue el regreso del Tesoro a la compra de divisas en el Mercado Libre de Cambios (MLC). Esta intervención brindó un sostén adicional a la dinámica oficial. Paralelamente, la presión por dolarizar carteras fue notablemente menor en comparación con las semanas previas a las elecciones.
El viernes, la Comisión Nacional de Valores (CNV) introdujo una excepción relevante al límite diario de 200 millones de pesos para las operaciones de dólar CCL (Contado con Liquidación) de inversores no residentes. Esta medida vuelve a habilitar la reinversión de servicios de deuda en pesos mediante Bonos del Tesoro.
Desde Max Capital explicaron el alcance de la normativa: “A nuestro entender, el Gobierno permitirá que los inversores utilicen los pesos estacionados en Euroclear, provenientes del pago de servicios de deuda en pesos (particularmente Bonte30s), para invertirlos en licitaciones primarias.” Esto permitirá realizar operaciones de CCL sin el límite anterior, siempre y cuando se utilicen los nuevos instrumentos, los cuales deben tener un vencimiento mínimo de 180 días al momento de la emisión.
