El Programa de Subsidio Social de PAMI brinda a sus afiliados la posibilidad de acceder a medicamentos gratuitos, siempre que cumplan con determinados requisitos. El objetivo del beneficio es acompañar a las personas mayores que atraviesan dificultades económicas y garantizar el acceso a los tratamientos necesarios.
Podrán solicitarlo quienes tengan ingresos netos menores a 1,5 veces el haber previsional mínimo. En hogares donde resida una persona con Certificado Único de Discapacidad (CUD), el límite de ingresos se amplía a tres haberes mínimos. Además, los solicitantes no deben estar afiliados a otra obra social o prepaga, ni ser titulares de más de una propiedad.
También se excluye a quienes posean vehículos con menos de 10 años de antigüedad, salvo los casos en los que el beneficiario conviva con una persona con discapacidad. Del mismo modo, no podrán acceder quienes tengan aeronaves, embarcaciones de lujo o participaciones empresariales que reflejen un alto nivel económico.

Sin embargo, PAMI contempla excepciones. Si el costo de los medicamentos representa el 15 % o más de los ingresos mensuales, el afiliado puede solicitar el subsidio presentando un informe social, una evaluación médica y una escala de vulnerabilidad socio-sanitaria. Los veteranos de la Guerra de Malvinas también están contemplados dentro del programa, sin necesidad de cumplir con los requisitos económicos.
El trámite puede realizarlo el afiliado, un apoderado o un familiar. Para ello, se debe presentar el DNI, la receta electrónica con el diagnóstico emitida por un médico de cabecera o especialista, y en caso de requerir más de cuatro medicamentos, un formulario de medicamentos firmado por un profesional de PAMI.
El beneficio se puede gestionar de manera online, ingresando al sitio oficial del organismo, o de forma presencial en una agencia del PAMI, con turno previo. No es necesario renovarlo periódicamente, ya que el sistema realiza controles automáticos para verificar que el afiliado continúe cumpliendo con las condiciones establecidas.
