El Tribunal de Cuentas de Mendoza resolvió aplicar una multa de $400.000 a la intendenta de Santa Rosa, Flor Destéfanis, tras detectar irregularidades administrativas en una contratación directa realizada por el municipio durante agosto de 2024, en el marco de las fiestas patronales de Santa Rosa de Lima.
La sanción -que también alcanzó a otros dos funcionarios del municipio- quedó establecida en el fallo 18.362, donde el organismo analizó la rendición de cuentas de la Municipalidad de Santa Rosa correspondiente al ejercicio administrativo y financiero de 2024.
Cabe destacar que si bien el Tribunal aprobó la rendición general, aplicó multas luego de revisar el procedimiento utilizado para contratar artistas para los festejos oficiales. Un detalle no menor es que no se formularon cargos patrimoniales contra los funcionarios señalados.

Según el informe de auditoría, se verificaron incumplimientos al régimen general de contrataciones públicas cuando el municipio autorizó una contratación directa pese a que existían al menos dos presupuestos de proveedores distintos (Asociación Soñarte Mendoza y Crimifed SA), situación que invalidaba la justificación de “exclusividad” utilizada para evitar una licitación pública. El expediente incluyó la contratación de artistas para eventos realizados entre el 29 y el 30 de agosto de 2024, para los que -mediante el decreto municipal Nº 1.047/2024- se autorizó la contratación directa con la Asociación Soñarte Mendoza por un monto de $23,8 millones.
En su descargo, el municipio argumentó que “respecto del segundo presupuesto, de la firma CRIMIFED S.A., no reunía las condiciones que normalmente solicitan para contratar, como la firma del mismo” y que el proveedor “no presentó documentación que indicara exclusividad con los artistas; cosa que sí tenían del proveedor Asociación Soñarte Mendoza”.
Sin embargo, la Auditoría sostuvo que “si existe un segundo presupuesto, la exclusividad no existiría, independientemente de la carencia de firma del mismo, más aún evidencia, que se debió proceder a realizar un proceso licitatorio (…) Por lo expuesto, la Auditoría considera que la observación se mantiene subsistente como procedimiento administrativo irregular”, señalaron, criterio que fue compartido por la Secretaría Relatora.
Como fundamento de su resolución, el Tribunal de Cuentas se apoyó en la Constitución provincial y sostuvo que “las excepciones al régimen licitatorio se encuentran reguladas de manera taxativa (…) no configurando una facultad discrecional amplia para la Administración“.
En esa dirección, el Tribunal advirtió que “el apartamiento del procedimiento licitatorio sin la debida acreditación y fundamentación de la causal legal configuraría un vicio que afectaría la validez del acto administrativo por violación del principio de legalidad y del mandato constitucional de transparencia e igualdad en la contratación pública“.
“En virtud de lo expuesto, este Tribunal considera que el reparo se mantiene subsistente como procedimiento administrativo irregular, habida cuenta de que al haber 2 proveedores, no existiría la exclusividad (…) por lo que aplicará la sanción de multa“, concluye la resolución del organismo.
Cabe resaltar que, además de multar a Destéfanis, el Tribunal también sancionó con $400.000 a la secretaria de Gobierno y Administración, Magdalena Ascurra, y con $500.000 al contador municipal, Nelson Carabajal. Los funcionarios deberán abonar los montos dentro de los 30 días desde la notificación formal del fallo.
