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boletín oficial

Mendoza licita el servicio de helicóptero para el Aconcagua por $3.420 millones hasta 2031

Este llamado abarca un período continuo de cinco temporadas estivales.

Para asegurar el funcionamiento operativo y preventivo del Parque Provincial Aconcagua durante los próximos años, el Ministerio de Energía dio inicio formal al proceso licitatorio para contratar el servicio aéreo de helicóptero mediante el Decreto N° 2055.

A diferencia de contrataciones anuales previas, este llamado abarca un período continuo de cinco temporadas estivales (desde la 2026/2027 hasta la 2030/2031), con una inversión estimada de $3.420.000.000,00 y un paquete total de 750 horas de vuelo garantizadas.

Un esquema basado en la experiencia operativa

El diseño del cronograma de vuelos responde a los requerimientos elevados por la Jefatura de Zona de Alta Montaña a partir del balance operativo de la temporada 2025/2026. Para optimizar el uso de los recursos y responder a la demanda estacional, las 150 horas de vuelo correspondientes a cada temporada se fraccionarán en dos etapas:

  • Primer tramo (Noviembre – Diciembre): 60 horas de vuelo para el armado de la infraestructura inicial y los primeros ascensos.
  • Segundo tramo (Enero – Marzo): 90 horas de vuelo destinadas a cubrir el pico de actividad deportiva y turística.

Para hacer frente al primer tramo del período noviembre-diciembre de 2026, la Contaduría General de la Provincia ya emitió la imputación preventora por $273.600.000,00.

La aeronave a contratar no solo cumplirá funciones en la atención de urgencias médicas y evacuaciones de andinistas junto a Guardaparques, la Patrulla de Rescate y el Servicio Médico. También desempeñará un rol central en:

  • Infraestructura de montaña: montaje, traslado de carga, mantenimiento y posterior desmontaje de refugios, campamentos base, módulos sanitarios y puentes.
  • Preservación del ecosistema: inspección y vigilancia perimetral del área protegida, sanidad de fauna silvestre, defensa del hábitat y control de manadas en la cordillera.

Encuadre legal y administrativo

El procedimiento se encuadra en las regulaciones aeronáuticas vigentes dictadas por la ANAC (bajo el Decreto Nacional N° 599/24). Asimismo, al comprometer recursos de ejercicios presupuestarios futuros (2027 a 2031), la medida fue autorizada expresamente bajo el Artículo 100 de la Ley N° 8706 de Administración Financiera provincial.

El Decreto 2055 también delega en la Dirección de Áreas Protegidas la facultad de conformar y designar las comisiones evaluadoras y de preadjudicación que analizarán las propuestas técnicas y económicas de los oferentes.

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