Los jardines maternales privados de Mendoza deberán cumplir nuevas condiciones para funcionar, de acuerdo con el Decreto N.º 2040 publicado en el Boletín Oficial. La normativa alcanza a los establecimientos que brindan atención y propuestas educativas a niños de 0 a 3 años y establece criterios comunes para su funcionamiento, con el objetivo de fortalecer las condiciones de seguridad, cuidado y desarrollo durante la primera infancia.
Entre las principales disposiciones se encuentra la creación del Registro Único de Jardines Maternales de Gestión Privada, cuya inscripción será obligatoria antes de iniciar cualquier actividad. Además, los establecimientos deberán exhibir en el frente del edificio un cartel homologado con su denominación, nombre y número de CUE, mientras que la Dirección General de Escuelas (DGE) tendrá a su cargo la supervisión, fiscalización y control de las instituciones.

Para obtener la autorización definitiva, los jardines tendrán que acreditar habilitación municipal, condiciones de habitabilidad, seguro de responsabilidad civil, cobertura de emergencias médicas y un plan de evacuación, entre otros requisitos. El personal deberá presentar títulos, certificados de antecedentes penales y aptos psicológicos; quienes trabajen en las salas y no posean título de Nivel Inicial deberán completar además una capacitación obligatoria en cuidado infantil.
La normativa también exige que las instituciones incorporen sus datos al Sistema de Gestión Educativa Integral (GEI) y elaboren un Proyecto Educativo Institucional alineado con los objetivos pedagógicos establecidos por la DGE. Los jardines que ya se encuentran funcionando tendrán seis meses para registrarse y adecuarse a las nuevas exigencias; ante incumplimientos, podrán recibir una autorización provisoria de hasta 60 días, vencido el cual el permiso podrá caducar y la institución quedar inhabilitada para prestar el servicio.
