El programa denominado “Programa de Medicamentos PAMI” sigue vigente para los jubilados y pensionados que se encuentran afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI). Su objetivo es facilitar que los afiliados puedan continuar con sus tratamientos sin interrupciones, y abarca descuentos de hasta el 100 % en medicamentos, además de cobertura total para tratamientos especiales.
Tratamientos con cobertura al 100 %
Según la normativa vigente, los afiliados tienen acceso a cobertura total para los siguientes tratamientos:
- Diabetes.
- Medicamentos oncológicos.
- Medicamentos oncohematológicos.
- Tratamiento de la hemofilia.
- Tratamiento del VIH y de las hepatitis B y C.
- Medicamentos para trasplantes.
- Medicamentos para trastornos hematopoyéticos.
- Medicamentos para la artritis reumatoidea.
- Medicamentos para enfermedades fibroquísticas.
- Medicamentos oftalmológicos intravítreos.
- Medicamentos para la osteoartritis.
- Medicamentos para la insuficiencia renal crónica e hiperparatiroidismo.

¿Quiénes pueden acceder a medicamentos gratis por razones sociales?
Los afiliados de PAMI que cumplan con ciertos requisitos pueden tramitar la cobertura al 100 % para hasta cuatro medicamentos ambulatorios por razones sociales, de forma virtual o presencial.
Los requisitos incluyen:
- Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Si en el hogar hay un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales del hogar deben ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
- No estar afiliado a un sistema de medicina prepaga al mismo tiempo que al PAMI.
- No ser propietario de más de un inmueble.
- No tener aeronaves o embarcaciones de lujo.
- No contar con un vehículo de menos de diez años de antigüedad (con excepción de convivientes con CUD, que pueden tener vehículo de menos de 10 años).
- No ser titular de activos societarios que demuestren plena capacidad económica.
En caso de no cumplir los puntos 1 o 2, pero si el costo de los medicamentos para su tratamiento representa el 15 % o más de sus ingresos, el afiliado puede tramitar cobertura al 100 % a través de un mecanismo de excepción, presentando informe social, escala de vulnerabilidad y revalidación médica.
Además, los afiliados beneficiarios de la categoría “Veteranos de Guerra del Atlántico Sur” están exentos de estos requisitos, aunque igual deben realizar el trámite formal de solicitud.
