Search
operativo
Ley de Tránsito

Legisladores mendocinos buscan eliminar un requisito “absurdo” en los controles de tránsito

Cinco diputados de distintos bloques se unieron para modificar una exigencia que generaba sanciones injustas a conductores con seguro vigente.

Cinco legisladores de diferentes espacios políticos presentaron un proyecto de ley que modifica la actual Ley de Tránsito de Mendoza y elimina la exigencia del comprobante de pago del seguro automotor en los controles viales. La propuesta apunta a resolver una situación que afectaba a miles de conductores: Mendoza es la única provincia del país que todavía pedía ese papel, a pesar de que no lo exige la Ley Nacional de Tránsito.

La iniciativa fue presentada por Mauro Giambastiani (Mejor Mendoza), Franco Ambrosini (UCR), Mauricio Torres (Hacer por Mendoza), Gustavo Cairo (La Libertad Avanza) y Sol Salinas (Unión PRO). Todos suelen acompañar al oficialismo provincial, pero en este caso actuaron en conjunto para corregir lo que consideran una exigencia arbitraria, innecesaria y fuera de época.

Se propone eliminar la obligación de mostrar el comprobante de pago, ya que la cobertura puede acreditarse de forma fehaciente con la póliza o credencial del seguro, tanto física como digital”, explicaron los autores del proyecto. El objetivo central es simplificar los controles de tránsito y evitar sanciones injustificadas a conductores que tienen el seguro al día.

La propuesta se presentó un día después de que un medio local expusiera esta irregularidad. Allí se remarcó que “ni la Ley Nacional 24.449 ni otras normativas complementarias exigen el comprobante de pago, sólo la existencia de una póliza vigente”, tal como explicó el asesor de seguros Edgardo Juchniuk.

Los legisladores señalaron que la actual Ley Provincial 9.024 va más allá de lo que establece la normativa nacional, y por eso genera situaciones injustas que incluso han sido revertidas en juzgados de tránsito, siempre a favor de los conductores sancionados.

El nuevo proyecto plantea modificar los artículos 40 y 43 de la ley vigente, conservando la obligación de portar la documentación básica del vehículo y del seguro, pero dejando claro que no podrá exigirse el comprobante de pago como condición para acreditar la vigencia del seguro.

Así quedaría el nuevo artículo 40:

“Se deberá presentar la licencia habilitante, la cédula del vehículo y la póliza o credencial del seguro con cobertura vigente. En ningún caso será exigible el comprobante de pago de primas del seguro para acreditar dicha vigencia.”

En la misma línea, el inciso d) del artículo 43 establece que:

“No será exigible la presentación de recibos de pago o constancias bancarias. Bastará con la presentación del documento o medio oficial emitido por la aseguradora.”

Con esta reforma, se busca modernizar la administración pública, evitar arbitrariedades y ajustar la ley provincial a los estándares nacionales, respetando el principio de eficiencia y razonabilidad en los procedimientos.

El proyecto ya fue ingresado en la Legislatura y espera ser debatido en las comisiones correspondientes. Mientras tanto, crece el respaldo ciudadano y político para terminar con una exigencia que muchos consideran ilógica e injusta.

+ Noticias

servicio meteorológico

Por: Redacción NDI

Primera Nacional

Por: Agustin Zamora

Elecciones UNCUYO

Por: Agustin Zamora