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sin beneficio

La Justicia confirmó que los presos de Mendoza no podrán usar celulares

Se rechazaron los pedidos que buscaban extender la posibilidad de uso de celulares hasta el 31 de diciembre de 2025.

La Justicia de Mendoza confirmó una medida que retira un beneficio del que gozan los presos. Así, los detenidos en cárceles de la provincia no podrán usar teléfonos celulares.

El juez de ejecución penal, Sebastián Sarmiento, resolvió no dar lugar al pedido de prórroga presentado por la Defensoría General de la provincia y miembros de la Defensa Pública, para que los privados de la libertad tuvieran acceso al uso de celulares.

Por lo que queda prohibido el uso de dispositivos móviles en el sistema penitenciario de Mendoza. 

Los pedidos ante la Justicia buscaban extender la posibilidad de uso de celulares hasta el 31 de diciembre de 2025, fecha hasta la que se extendía el Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el ex presidente Alberto Fernández en la pandemia.

Este DNU habilitó a que cada preso contara con un aparato para poder comunicarse con el exterior. Pero ahora, la resolución Sarmiento lo deja de lado y detalla cómo será el proceso de extracción de los aparatos de todo el sistema carcelario mendocino y las excepciones que están contempladas. 

Vale aclarar que el ministro de Defensa de la Nación, el mendocino Luis Petri, es uno de los referentes en esta cruzada para que los presos no puedan tener acceso a teléfonos celulares.

Qué dice la Justicia

El fallo del juez sostiene:

  • “RECHAZAR la solicitud planteada por los Defensores y Defensoras Oficiales de la provincia de Mendoza, Procurador de las Personas Privadas de Libertad y la Dirección de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, y DISPONER LA FINALIZACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN para la utilización de telefonía móvil de las personas privadas de libertad en los contextos carcelarios de la provincia de Mendoza”.
  • “HACER LUGAR PARCIALMENTE a la solicitud de la Procuración de Personas privadas de la libertad, y mantener la autorización excepcional para la utilización de telefonía móvil, en los centros de detención que se encuentren alojadas Mujeres, hasta tanto se adecuen las normas reglamentarias a los parámetros establecidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) y se cumplan con las condiciones dispuestas en el punto siguiente”.
  •  FIJAR una periodicidad del régimen de visitas de familiares y allegados en los establecimientos penales, con una frecuencia SEMANAL, como mínimo”, y que “el retiro de los equipos telefónicos móviles deberá ser realizado de manera gradual en un plazo no inferior a los SEIS MESES, estableciendo un mecanismo de trazabilidad y seguimiento adecuado, para permitir a los familiares de las personas privadas de la libertad, retirar dichos equipos del ámbito penitenciario”.

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Por: Redacción NDI