La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo recaudador intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores, o asociaciones sindicales, mediante cartas de documentos o telegramas.
Esto se realizó a través de la Resolución General 5560/2024 publicada en el Boletín Oficial, la cual suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, en el cual se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.
“Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, señalaron desde AFIP.
Además, aclaró que: “El servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas”. A propósito, el parte oficial destacó que “esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado”.

La Ley N° 24.013, conocida como Ley Nacional de Empleo, disponía en su artículo 11 que los trabajadores o las asociaciones sindicales que los representaran debían enviar al empleador una intimación formal para regularizar relaciones laborales no registradas. Asimismo, dicha intimación debía ser remitida a la AFIP dentro de las 24 horas hábiles siguientes. Esto había sido creado en el año 2016 con el nombre de “Telegramas Laborales”, que permitía la carga de y consulta de las comunicaciones laborales.
De ahora en más, con las nuevas medidas del gobierno de Javier Milei, con el propósito mejorar y simplificar procesos administrativos, ha modificado las bases de este procedimiento. En esta Ley 27.742, artículo 99, derogó los artículos 8° a 17 de la Ley N° 24.013, eliminando así varias disposiciones relacionadas con la intimación al empleador y las correspondientes indemnizaciones en caso de relaciones laborales no registradas.
