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boletín oficial

El Gobierno limitó la obra pública nueva hasta que se defina el Presupuesto

Para evitar que los organismos comprometan partidas por encima de los ingresos reales del Estado, la norma establece una rigurosa cuotificación del crédito vigente al 30 de septiembre de 2026.

Con el objetivo de garantizar la continuidad de los servicios esenciales desde el primer día del año entrante sin comprometer la estabilidad fiscal, la Provincia oficializó el Decreto N° 1929. La medida reglamenta el mecanismo previsto en la Ley de Administración Financiera (N° 8706) que autorice a las distintas reparticiones públicas a poner en marcha licitaciones y contrataciones de bienes y servicios cuyo impacto contable recaerá en el Ejercicio 2027.

Estas imputaciones tendrán carácter provisorio y quedarán supeditadas a la aprobación final del paquete presupuestario por parte de la Legislatura provincial.

Un cerrojo del 20% trimestral para frenar el desborde del gasto

Para evitar que los organismos comprometan partidas por encima de los ingresos reales del Estado, la norma establece una rigurosa cuotificación del crédito vigente al 30 de septiembre de 2026:

  • Esquema escalonado: la afectación preventiva para gastos corrientes y de capital —ya sea mediante Rentas Generales o recursos con destino específico— no podrá superar el 20% acumulativo por trimestre (enero, abril, julio y octubre).
  • Adaptaciones por estacionalidad: aquellas áreas con necesidades operativas particulares tendrán un plazo de 15 días corridos para elevar sus propuestas de ritmo de gasto ante las Direcciones Generales de Administración. La aprobación final dependerá de la proyección de recaudación que elabore la cartera de Hacienda.

Excepciones operativas y financieras

El decreto contempla situaciones específicas donde la dinámica administrativa exige contar con los recursos de manera inmediata. En estos casos, se autoriza un uso anticipado de hasta el 80% de la partida vigente en enero:

  • Vendimia: el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE podrá disponer de fondos para la organización de la Fiesta Nacional de la Vendimia con un esquema de desembolso del 26,66% en enero y febrero, y del 26,68% en marzo.
  • Gestión de la deuda pública e inversiones internacionales: los compromisos por intereses y amortización de deudas, así como los programas ejecutados por la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI) y la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos (UCPP), contarán con disponibilidad inmediata del 80% sin cuotificación mensual estricta.

La obra pública, con freno de mano

En el apartado de infraestructura, el Ejecutivo fijó un límite tajante: queda expresamente prohibido realizar imputaciones preventivas para obras públicas nuevas hasta tanto no se sancione y promulgue la Ley de Presupuesto 2027.

Asimismo, el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Subsecretaría de Hacienda conservarán la facultad de disponer volantes de reserva de crédito y ajustar las asignaciones mensuales en tiempo real para alinearlas estrictamente con el flujo de la recaudación provincial.

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