Javier Milei
llegó a los gobernadores

El Gobierno de Milei hizo correr el borrador de la nueva “Ley Ómnibus”: qué dice

El nuevo proyecto contiene la declaración de la "emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética" por un año

Luego del fracaso del proyecto original en la Cámara de Diputados y de avanzar en el diálogo con los gobernadores, el Gobierno comenzó a hacer girar el nuevo texto de la Ley Bases, también conocida como Ley Ómnibus, que hará llegar al Congreso en los próximos días.

Tal como se había dado a conocer, se trata de una nueva versión de la iniciativa, más corta: tiene 269 artículos, a diferencia de los 664 que contenía el texto original.

El borrador ya fue enviado a los gobernadores, luego que la asistencia perfecta que se logró en el encuentro en Casa Rosada el viernes pasado.

El primer artículo establece la declaración de la “emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año”, período en el que el presidente Milei tendría facultades especiales.

Además, se incluye en el paquete de empresas privada para privatizar a Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina (Enarsa) y Radio y Televisión Argentina, mientras que AySA, el Correo Oficial, el Belgrano Cargas, SOFSE (la operadora de trenes metropolitanos), Corredores Viales y Yacimientos Carboníferos de Río Turbio los cataloga dentro de la opción “privatización/concesión”.

En cambio, Nucleoeléctrica Argentina, el Banco Nación y todas las empresas del Grupo Nación y la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (ArSat) “sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias”.

En este punto, el Gobierno subraya que el proceso de privatización “deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, máxima publicidad y difusión”.

Varios son los cambios que introduce en la Ley de Contrato de Trabajo, como establecer la obligatoriedad del “descuento del proporcional de haberes por los días en los que el empleado haya decidido hacer uso de su derecho de huelga”, algo que profundizará el conflicto con el sindicalismo. 

Por separado, la Casa Rosada mandó a los gobernadores el “Proyecto de Ley de Medidas Fiscales” con la creación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social; el régimen de Regularización de Activos; la modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuestos Internos.

Asimismo, incluye la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas, la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, la modificación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y la creación del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor.

Los detalles del proyecto se definieron ayer en la quinta de Olivos en una reunión entre Milei, el jefe de gabinete, Nicolás Posse, y el ministro del Interior, Guillermo Francos.

Según trascendió, el Gobierno mantendrá una agenda de encuentros “uno a uno” y en grupos con los mandatarios provinciales para terminar de cerrar el acuerdo. Alfredo Cornejo (Mendoza) estuvo ayer en la Casa Rosada y hoy la visita Rolando Figueroa (Neuquén).

Los artículos de la Ley Ómnibus

En el artículo 65 del capítulo 4, el Ejecutivo propone un blanqueo laboral de las contrataciones informales “Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas”.

Indica también que la regularización de las relaciones laborales deberá efectivizarse dentro de los noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación de la presente ley y que “la reglamentación podrá disponer planes de regularización plurianuales, previendo un plazo máximo de cinco (5) años y una regulación anual mínima del veinte por ciento (20%) de las diferencias”.

Para las jubilaciones, el Gobierno propone un aumento del 10% y la indexación de la fórmula al Índice de Precios al Consumidor desde el mes de abril, de forma que no se realizaría un aumento respecto a la inflación de los meses pasados: diciembre (25,5%), enero (20,6%) y febrero (13,2%).

El artículo 64 expresa: “La primera actualización de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, referidas en el artículo anterior, se hará efectiva a partir del 1° de abril de 2024. En abril de 2024, la actualización se calculará en base a la siguiente formula: mt= Var porcentual IPCt-2 + 10 %”.

En el capítulo 9, el Gobierno propone una desregulación energética ligada a los hidrocarburos: “Las actividades relativas a la explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de los hidrocarburos estarán a cargo de empresas estatales, empresas privadas o mixtas, conforme a las disposiciones de esta ley y las reglamentaciones que dicte el Poder Ejecutivo nacional”.

Además, impulsa que los permisionarios y concesionarios tengan dominio total sobre los hidrocarburos que extraigan y su transporte y comercialización. “El Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno para ninguna de las actividades indicadas en el párrafo anterior”, expresa.

El régimen que quieren establecer implica que la concesión de explotación convencional de hidrocarburos sea de 25 años, la concesión de Explotación No Convencional de Hidrocarburos dure 35 y que la concesión de Explotación con la plataforma continental y en el mar territorial sea de 30 años.

Sobre el régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), quieren establecer que el monto mínimo de inversión en activos computables será de USD 200.000.000. “En ningún caso ese monto mínimo que establezca el Poder Ejecutivo nacional podrá ser menor a USD 50.000.000 ni superar el importe de USD 900.000.000″, manifiesta.

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Por: Redacción NDI