El Comité Olímpico Internacional (COI) confirmó una modificación de fondo en los criterios de elegibilidad: a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, solo podrán competir en la categoría femenina las atletas consideradas de sexo biológico femenino. La medida implica un giro respecto a políticas anteriores y reaviva un debate que atraviesa al deporte mundial.
Según detalló el organismo, se implementarán pruebas cromosómicas para determinar la elegibilidad (basadas en la ausencia del gen SRY, vinculado al desarrollo masculino). Estos controles deberán realizarse una única vez en la vida de cada deportista y estarán a cargo de federaciones internacionales y autoridades nacionales.

El COI aclaró que la normativa no será retroactiva (no afectará resultados ni participaciones previas), pero justificó la decisión en la necesidad de “proteger la equidad, la seguridad y la integridad” del deporte femenino, en un contexto donde crece la discusión sobre la inclusión de atletas trans y con diferencias en el desarrollo sexual (DSD).
La resolución también marca un cambio respecto a 2021, cuando el organismo había delegado en cada federación la definición de sus reglas. Ahora, el COI centraliza los criterios y establece una norma uniforme para todas las disciplinas (aunque algunos deportes como atletismo, boxeo y esquí ya aplicaban regulaciones similares).
No es la primera vez que el olimpismo adopta este tipo de medidas: entre 1968 y 1996 se utilizaron test de verificación de sexo (luego abandonados por cuestionamientos científicos). Con esta nueva política, el organismo retoma ese enfoque, pero actualizado con herramientas genéticas modernas, lo que vuelve a abrir un debate que promete seguir escalando.
