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Cuál es la sanción por no ir a votar este domingo en las elecciones de Mendoza

Si no votas en las elecciones de este domingo en Mendoza, tenés que presentar un certificado que justifique la ausencia en el acto electoral.

Este domingo se elige en Mendoza al sucesor de Rodolfo Suarez. Pero además de gobernador, se vota también a intendente en once departamentos, legisladores provinciales y concejales. Vale recordar que las elecciones son obligatorias para todos los ciudadanos que figuran en el padrón electoral, por lo que si no votas en las elecciones de este domingo en Mendoza, tenés que presentar un certificado que justifique la ausencia en el acto electoral.

El certificado debe ser presentado ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que corresponda a la respectiva provincia. Omitir el registro de la no emisión del voto tendrá como penalidad la inhibición para realizar trámites durante el período de un año en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; a menos que se abone una multa monetaria.

Cabe recordar que en la Argentina, los ciudadanos entre los 18 y 70 años tienen la obligación de sufragar en los actos electorales.

La no emisión del voto en Mendoza tiene como consecuencia una sanción económica y una pena censora, a excepción de los casos en que el ciudadano pueda justificar su ausencia a las urnas por alguno de los motivos contemplados en el Código Electoral mendocino.

El infractor, deberá abonar una multa de $100 que se duplicará en caso de reincidir en su ausencia para la próxima elección (generales del 24 de septiembre).

De acuerdo al artículo 113 del Código Electoral mendocino, si el ciudadano no asistió a las urnas por residir a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, encontrarse enfermo o tener otro impedimento legítimo, no recibirá la pena estipulada por la ley. Sin embargo, deberá tener debidamente comprobado el motivo ante el juez o la autoridad competente.

Quiénes están exentos de votar en Mendoza

Las personas que están exentas a votar pueden participar de las elecciones, ya que es de carácter optativo

Los electores mayores de 70 años.

Los jueces y sus auxiliares y todos los funcionarios públicos que deban asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.

Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de la mesa en que les corresponda votar.

Los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, estén impedidos de concurrir a los comicios.

Si no voté en las PASO de Mendoza, ¿puedo hacerlo en las elecciones generales?

El voto es obligatorio en Mendoza, por lo que quienes no hayan acudido a las PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias) deben hacerlo igualmente en los comicios del 24 de septiembre. En caso contrario, se ampliará la multa que corresponde a los infractores en la provincia.

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Por: Redacción NDI

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