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Conexión al gas natural: qué exige el nuevo esquema obligatorio del ENARGAS

La nueva resolución obliga a los usuarios a registrarse en el portal digital de la distribuidora y fija plazos máximos para cada etapa del trámite.

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) estableció un nuevo esquema obligatorio para quienes soliciten el acceso al servicio de gas natural por redes en Argentina. La medida impone el registro digital del usuario, define plazos máximos y obliga a las distribuidoras a informar cada avance del trámite.

La normativa fue oficializada a través de la Resolución 15/2026, publicada en el Boletín Oficial, y establece que todo futuro usuario deberá registrarse de manera obligatoria en el portal digital de la distribuidora correspondiente a su zona. Este paso se realizará mediante una declaración jurada que deberá incluir datos personales y un correo electrónico validado.

Una vez completado el registro, la empresa distribuidora estará obligada a enviar al usuario información detallada sobre las etapas del proceso, los plazos previstos y un listado de instaladores matriculados habilitados en su jurisdicción. De esta manera, se busca que los solicitantes puedan conocer de antemano cómo avanza su trámite y quiénes están autorizados para realizar la obra.

El nuevo esquema mantiene al instalador matriculado como el nexo técnico ineludible para gestionar la incorporación al servicio y garantizar la seguridad de las instalaciones. Sin embargo, introduce un cambio clave: la distribuidora deberá notificar directamente al usuario, por correo electrónico, cada avance, aprobación, rechazo o penalidad que ocurra durante el proceso.

Además, el reglamento estandariza los tiempos de respuesta que deben cumplir las empresas prestadoras. Según el proyecto, la distribuidora deberá responder las solicitudes de factibilidad de suministro en un plazo máximo de 30 días hábiles. Para las inspecciones parciales de obra, el tiempo establecido es de 3 días, mientras que la inspección final deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles posteriores al pedido del matriculado.

Una vez aprobada la inspección final y solicitado el alta del servicio, la colocación del medidor de gas deberá concretarse en un plazo máximo de 3 días hábiles, contados a partir del pago de la tasa correspondiente. Asimismo, la resolución establece que las empresas deberán implementar programas de capacitación destinados a los instaladores matriculados, enfocados en los nuevos procedimientos tecnológicos.El documento también abre una consulta pública por 30 días corridos, durante la cual las distribuidoras, subdistribuidoras y el público en general podrán presentar comentarios u observaciones sobre el proyecto, antes de su implementación definitiva.

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