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Boletín Oficial

Cannabis medicinal: cómo funcionará el registro de médicos prescriptores

La normativa establece que ningún profesional de la salud podrá indicar tratamientos con cannabis o sus derivados en el territorio provincial si no cuenta con la autorización previa del Ministerio de Salud.

En un paso decisivo hacia la profesionalización de las terapias alternativas, el Gobierno de Mendoza implementó el “Registro Provincial de Médicos Prescriptores”. Esta nueva normativa establece que ningún profesional de la salud podrá indicar tratamientos con cannabis o sus derivados en el territorio provincial si no cuenta con la autorización previa del Ministerio de Salud y Deportes.

La resolución busca desterrar la informalidad y asegurar que el uso medicinal de cannabinoides esté respaldado por rigor científico y un seguimiento sanitario riguroso.

¿Quiénes pueden prescribir cannabis en Mendoza?

A diferencia de otros marcos regulatorios, Mendoza fijó requisitos estrictos para filtrar quiénes pueden formar parte de este padrón:

  • Especialidades habilitadas: El registro queda limitado a médicos especializados en Neurología, Psiquiatría o Cuidados Paliativos y manejo del Dolor.
  • Capacitación específica: Los postulantes deben acreditar formación en farmacología de cannabinoides y fármaco-vigilancia, respaldada por universidades u organismos científicos reconocidos.
  • Acreditación local: Es obligatorio poseer la matrícula profesional vigente en la provincia.

La medida introduce la Historia de Salud Integrada (HSI) como eje del control. Cada diagnóstico, dosis y evolución del paciente deberá cargarse de forma digital para que el Estado pueda fiscalizar el tratamiento en tiempo real.

  • Transición: Se otorgará un plazo de seis meses para que los profesionales dejen de usar recetas de papel. Durante este lapso, deberán informar manualmente cada prescripción al registro.
  • Renovación: El permiso para prescribir tendrá una duración de tres años, tras los cuales el médico deberá revalidar sus credenciales y estándares de formación.

La resolución es tajante respecto a los alcances terapéuticos. Queda prohibida la indicación de cannabis para fines preventivos “inespecíficos” o recreativos. Cualquier desvío de los fines estrictamente paliativos o curativos será motivo de cancelación inmediata de la licencia, además de la posible apertura de sumarios éticos.

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Por: Redacción NDI