Search
arca-agencia-recaudacion-y-control-aduanero-afip
Escenario fiscal

AFIP actualiza Ganancias y Monotributo: los nuevos pisos y escalas que rigen desde julio de 2026

Esta actualización modifica de manera directa los montos mínimos a partir de los cuales los trabajadores comienzan a tributar.

El escenario fiscal presenta cambios clave a partir del 1° de julio de 2026. Tras la difusión del Índice de Precios al Consumidor (IPC) por parte del INDEC, el coeficiente de ajuste semestral del Impuesto a las Ganancias se ubicó en un 16,8%.

Esta actualización modifica de manera directa los montos mínimos a partir de los cuales los trabajadores comienzan a tributar, abriendo además la posibilidad de que se generen saldos a favor durante la segunda mitad del año debido a las retenciones previas calculadas con las tablas anteriores.

A continuación, el nuevo esquema de Ganancias, las deducciones vigentes y la escala actualizada para los monotributistas que deben realizar su recategorización este mes.

1. Los nuevos pisos del Impuesto a las Ganancias

La actualización del IPC del INDEC determina que los nuevos mínimos imponibles de bolsillo (salarios netos) y sus equivalentes en bruto queden configurados de la siguiente manera:

  • Trabajadores solteros (sin hijos): Empezarán a pagar Ganancias quienes perciban un sueldo neto mensual de $2.909.507, lo que equivale a una remuneración bruta de $3.505.431.
  • Trabajadores casados (con cónyuge y dos hijos): El nuevo piso de exención neto se eleva a $3.386.017, representando un salario bruto de $4.079.590.
  • Trabajadores autónomos: En este universo, la obligación de tributar se activa a partir de ingresos mensuales de $2.256.489,46.

Deducciones familiares autorizadas (valores mensuales y anuales)

Para aliviar la carga del impuesto, los contribuyentes pueden computar las siguientes deducciones en sus declaraciones:

  • Cónyuge o conviviente: Deducción anual de $5.667.094,72 (promedio mensual de $472.257,88).
  • Por cada hijo: Deducción anual de $2.857.936,54 (promedio mensual de $238.161,37).
  • Hijo incapacitado para el trabajo: Deducción anual de $5.715.873,08 (promedio de $476.322,75 al mes).

2. Monotributo: Escala de facturación y cuotas vigentes

Junto con Ganancias, rigen los nuevos topes de ingresos anuales permitidos y los montos de las cuotas mensuales para cada categoría del Régimen Simplificado:

CategoríaTope de Ingresos AnualesCuota Mensual (Servicios)Cuota Mensual (Ventas)
AHasta $12.009.410$49.527,18$49.527,18
BHasta $17.595.182$56.379,00$56.379,00
CHasta $24.670.494$66.020,00$64.539,00
DHasta $30.628.651$84.614,00$82.564,00
EHasta $36.028.231$119.811,00$108.267,00
FHasta $45.151.659$150.784,00$129.930,00
GHasta $53.995.798$230.612,00$158.815,00
HHasta $81.924.660$522.706,00$317.895,00
IHasta $91.699.761$963.747,00$474.994,00
JHasta $105.012.519$1.167.299,00$580.793,00
KHasta $126.610.830$1.614.446,02$702.103,00

Clave: La recategorización de julio de 2026

Durante el mes de julio, los monotributistas deben cumplir con el trámite obligatorio de recategorización. Para ello, es necesario evaluar la facturación acumulada en los últimos 12 meses, además de cotejar parámetros físicos como la superficie afectada de los locales comerciales y la energía consumida.

El especialista aconseja hacer un análisis minucioso de la actividad anual real en lugar de aceptar a ciegas la sugerencia automática del sistema de ARCA (ex AFIP), evitando de esta manera desfasajes, multas y recargos por parte del organismo fiscal.

+ Noticias